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      El próximo 31 de marzo 2021 vence el plazo establecido en la Ley para que los contribuyentes presenten sus resultados anuales ante la Administración Tributaria, y es por ello que recomendamos que las empresas y los contribuyentes en general realicen una evaluación de aquellos aspectos que tendrán incidencia en la determinación del Impuesto Sobre la Renta -ISR-. Esto con el fin de analizar si las políticas y procedimientos bajo los cuales opera la empresa están de acuerdo con los criterios de la SAT, y en caso de diferir si se cuenta con el soporte adecuado de los mismos.

      Al respecto, se debe considerar que si la empresa se encuentra inscrita en el Régimen sobre Utilidades de Actividades Lucrativas también deben efectuar un análisis acerca de sus créditos fiscales generados por el pago del Impuesto de Solidaridad -ISO- (según forma de acreditamiento elegida) y los pagos trimestrales del ISR efectuados.

      A continuación mencionamos de manera general algunos de los temas que debe analizar cada empresa en su cierre fiscal 2020:

      Principios generales: Base contable utilizada por el contribuyente, tipos de renta o ingresos, ingresos no afectos y exentos, recordar la separación de costos y gastos por tipo de renta, el principio de onerosidad, el concepto de residente, el concepto de establecimiento permanente, las reglas de valoración (precios de transferencia), las reglas generales de deducibilidad de costos y gastos, la forma de determinación del Impuesto (base imponible).

      Ingresos: Diferencial cambiario, rentas por ventas de productos agrícolas, agropecuarios y reciclados a exportadores, revaluación de activos fijos, intereses, dividendos, ganancias y pérdidas de capital, conciliación de ingresos reportados en régimen de IVA vs ISR, forma de reportar los ingresos en empresas con beneficios fiscales, cooperativas, empresas de construcción, venta de activos extraordinarios y arrendamiento financiero.

      Costos, gastos y su deducibilidad: Recordar tomar en consideración la bancarización para efectos tributarios, el pago del ISR por cuenta del proveedor (absorción de impuestos), reserva y destrucción de inventarios, la forma de reportar las cuentas incobrables, los requisitos para la deducibilidad de sueldos y prestaciones, intereses, depreciaciones, activos intangibles, servicios del exterior, donaciones, costo de importaciones, mejoras a propiedades arrendadas, regalías, autoconsumos, viáticos, liquidación del impuesto y el aprovechamiento de los pagos en exceso generados en años anteriores (en los casos que proceda).

      Para obtener una asesoría fiscal adecuada consulta con los expertos, en CPAUDITORES SUD DE GUATEMALA, somos profesionales en consultaría en impuestos, conocemos las leyes fiscales del país y podemos brindarte asesoría en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales y evitar posibles riesgos fiscales.  

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